{"id":3524,"date":"2017-05-03T07:50:10","date_gmt":"2017-05-03T07:50:10","guid":{"rendered":"http:\/\/bonplan_es.anakena.info\/?p=3524"},"modified":"2020-03-23T16:16:40","modified_gmt":"2020-03-23T15:16:40","slug":"seguro-medico-espana-como-funciona","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/bueno-bonito-barcelona.com\/seguro-medico-espana-como-funciona\/","title":{"rendered":"El seguro m\u00e9dico en Espa\u00f1a: c\u00f3mo funciona"},"content":{"rendered":"
La Unión Europea intenta armonizar al máximo el régimen de la seguridad social y del seguro médico en los países miembros, pero el de España conlleva algunas características particulares que hay que conocer. Aquí tienes un pequeño resumen del funcionamiento del seguro médico en Barcelona y de la información práctica para afiliarse.<\/p>\n
\nPara afiliarse al régimen de la seguridad social, has de cumplir dos condiciones:\n<\/p>\n
\nSin embargo, tendrás acceso a asitencia médica gratuitamente y sin estar afiliado(a) en los dos casos siguientes:\n<\/p>\n
\nSi estás afiliado(a) a la seguridad social, tu régimen de protección va más allá de tu período de cotización y de tu propia persona.<\/p>\n
Así es, los derechohabientes – personas vinculadas a ti – también pueden beneficiarse de una cobertura social.<\/p>\n
Personas que pueden ser tus derechohabientes:\n<\/p>\n
\nPuedes elegir tu médico de familia, tu pediatra o tu dentista en la zona donde resides y en conformidad con la delimitación oficial. En ese caso, la consulta es gratuita. Cada médico tiene un número de pacientes que no puede sobrepasar.<\/p>\n
Aparte de los pediatras y de los dentistas, sólo se puede consultar a los médicos especialistas si lo pide por escrito tu médico de familia. Los tratamientos dentales de los que se hace cargo la seguridad social son muy escasos.<\/p>\n
Te reembolsan algunos medicamentos (del 40 al 90% según tus ingresos). Te los tiene que haber recetado un médico de familia o un especialista y tienes que tener la receta. Por ejemplo, los suplementos alimenticios no te los reembolsan, incluso si te los receta un nutricionista.\n<\/p>\n
\nPara poder recibir indemnizaciones en caso de baja por enfermedad, tienes que haber cotizado durante al menos 180 días<\/strong> en los 5 años que preceden a la enfermedad (excepto en caso de accidente de trabajo).<\/p>\n Las indemnizaciones te las pagan a partir del 4º día de baja por enfermedad y pueden pagártelas durante 365 días. Si la curación está prevista dentro de los 180 días que siguen a este período, las indemnizaciones pueden verse prolongadas 6 meses. Pasado este plazo y si no te has curado de esta enfermedad, puede que declaren la situación como caso de incapacidad permanente.\n<\/p>\n \nEl seguro médico cubre el seguimiento médico durante el embarazo y la asistencia durante y después del parto. Las indemnizaciones del seguro de maternidad son iguales a la integralidad del salario percibido durante el mes previo a la baja por maternidad (excepto en caso de nacimientos múltiples o de adopción de más de un menor al mismo tiempo; entonces, la indemnización es más importante).<\/p>\n Las indemnizaciones por maternidad las recibes durante 16 semanas<\/strong> seguidas. Pueden ser prolongadas en caso de nacimientos múltiples, en caso de que el niño sufra una minusvalía o de que se ingrese al recién nacido en un hospital.<\/p>\n Las 16 semanas de indemnización se pueden compartir libremente con el padre del niño si éste trabaja. Sin embargo, es obligatorio que la madre pase como mínimo 6 semanas de baja después del parto.\n<\/p>\n \nTu parte de las cotizaciones puede ser de hasta un poco menos del 30% de tus ingresos si eres asalariado(a). El empresario paga la mayor parte.<\/p>\n Si trabajas por cuenta propia, prepárate porque vas a pagar mucho: tendrás que cotizar cada mes aunque no tengas ingresos.\n<\/p>\n \nTanto si eres asalariado(a) como si trabajas por cuenta propia, es obligatorio que obtengas un número de afiliación a la seguridad social antes de firmar tu primer contrato de trabajo o de instalarte por cuenta propia.<\/p>\n Para darte de alta, basta con que acudas a una de las oficinas de la seguridad social de Barcelona. La lista de todas las oficinas está disponible haciendo clic aquí.<\/a> Preséntate durante los horarios de apertura sin pedir hora por adelantado.<\/p>\n Una vez allí, tendrás que rellenar un formulario y presentarlo en taquilla junto con tu NIE<\/a> (original y fotocopia) y tu pasaporte o documento de identidad (original y fotocopia). Entonces te entregarán un documento en el que figura tu número de afiliado. Es válido de por vida ¡Buena noticia: es uno de los trámites administrativos más fáciles de efectuar en Barcelona!\n<\/p>\n \nTu número de afiliado a la seguridad social no te da acceso inmediatamente a la atención sanitaria. Una vez que tienes este número, tienes que acudir al Centro de Asistencia Primaria más cercano a tu domicilio para darte de alta. Para saber cuál es, introduce tu dirección en el motor de búsqueda haciendo clic aquí<\/a>.<\/p>\nMaternidad\/paternidad<\/h3>\n
Cotizaciones<\/h3>\n
Darse de alta en la seguridad social<\/h2>\n
Obtener un número de afiliación a la seguridad social<\/h3>\n
Obtener la Tarjeta Sanitaria<\/h3>\n